Todo sobre el Subsidio Protege Apoya
Una guía simple con todo lo que debes saber antes de postular
Nuevas modificaciones implementadas por el Gobierno del Presidente Boric
Se introducen dos cambios que incrementan la ayuda a las trabajadoras
1. Se extendió el periodo de postulaciones hasta junio 2023.
2. Se incorporó a los niños mayores de 2 años y menores de 5 años.
No obstante lo anterior, en ningún caso se podrán recibir más de 6 pagos en total, de modo que si antes recibió 6 pagos por un hijo/a menor de 2 años, ahora no podrá optar a ser beneficiaria del tramo de 2 a 5 años de edad.
Sobre quién puede postular
- Tener un hijo/a menor de cinco años al cuidado personal
- Encontrarse ejerciendo funciones en calidad de trabajador dependiente o independiente. Además, para niños menores de 2 años, no tener acceso al beneficio de sala cuna por parte de la empresa.
- Cumplir con el requisito de cotizaciones de seguridad social declaradas y/o pagadas
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- Trabajadoras dependientes: tener 4 cotizaciones de seguridad social registradas en los últimos 12 meses previos a la postulación, siendo una de estas 4 cotizaciones del mes previo a la postulación. Ejemplo: Si usted postula en agosto 2022, debe tener registrada la cotización de la remuneración de julio 2022 y al menos otras 3 cotizaciones entre agosto 2021 y junio 2022.
Se entenderá como cotización registrada, el cumplimiento de una de las siguientes condiciones: (a) que se encuentren declaradas y pagadas las cotizaciones de AFP o salud; o (b) que las cotizaciones de AFP y salud del trabajador postulante se encuentran declaradas y no pagadas en las respectivas instituciones previsionales. -
- Trabajadoras independientes: Haber cotizado como independiente de segunda categoría en la operación renta de SII. El año de la operación renta dependerá del mes de su postulación, conforme al siguiente cuadro:
- • Postulación entre: Febrero 2021 – Julio 2021 -> Operación Renta 2020
- • Postulación entre: Agosto 2021 – Junio 2022 -> Operación Renta 2021
- • Postulación entre: Julio 2022 – Julio 2023 -> Operación Renta 2022
Para mantener el beneficio, es decir, que se le hagan efectivos los pagos sucesivos que el subsidio entrega (2do y 3er pago), debe mantener la relación laboral por la cual le fue otorgado el subsidio.
- DEPENDIENTE: Es aquel trabajador que tiene un contrato de trabajo vigente (con vínculo de subordinación y dependencia) y cotiza en el sistema de previsión y salud, entre otros.
- INDEPENDIENTE: Es aquel trabajador que trabaja por cuenta propia, sin tener un vínculo de subordinación y dependencia con uno o más empleadores, tributando en segunda categoría en SII.
Para efectos del otorgamiento del subsidio, deberá haber declarado ingresos percibidos en la declaración anual de renta ante el SII.
- No cuenten con RUT definitivo y/o
- Que los niños o niñas menores de edad no se encuentren debidamente inscritos en el Servicio de Registro Civil e Identificación. El contar únicamente con certificados de nacimiento emitidos en el País de origen o bien que estos se encuentren apostillados no son documento o trámites válidos para verificar requisitos de acceso para este subsidio.
Sobre el proceso de postulación
Ud. debe postular durante el respectivo periodo informado en el calendario de postulación. En caso de modificación se comunicarán a través del sitio web www.subsidioalempleo.cl.
No. En el caso de los padres no es necesario adjuntar ningún documento, ya que la información se extrae directamente del Registro Civil, así como tampoco terceros que tengan el cuidado personal del menor, ya que se verificarán los antecedentes a partir de la información recibida por las instituciones informantes.
En caso de ser necesario, Sence se reserva el derecho de solicitar información a los y las postulantes con el fin de corroborar antecedentes y evaluar la postulación y/o entrega del beneficio que este subsidio otorga.
Sí, en estos casos debe ingresar su postulación el padre o tutor, en caso de ser rechazada por tuición debe enviar el certificado de nacimiento del menor, certificado de defunción de la madre y, de corresponder, resolución del tribunal de justicia competente donde se entrega el cuidado exclusivo del niño o niña al padre o tutor.
En caso de ser necesario, Sence se reserva el derecho de solicitar información adicional con el fin de corroborar antecedentes y evaluar la postulación y/o entrega del beneficio que este subsidio otorga.
Sobre el proceso de pago
En estos casos usted puede iniciar un proceso de apelación, para lo cual, debe identificar el motivo de rechazo en su expediente y enviar la documentación requerida en el siguiente enlace www.subsidioalempleo.cl/protege/apelaciones
En el caso de que su postulación haya sido rechazada y Ud. estime que no corresponde dicho resultado, puede efectuar la solicitud de evaluación de no pago a través del ‘Buzón Ciudadano’.
Aquí Indicando los siguientes antecedentes:
- Debe expresar que sea reevaluada su solicitud de postulación al Subsidio Protege
- Rut del niño o niña
En caso de ser necesario, Sence se reserva el derecho de solicitar información adicional con el fin de corroborar antecedentes y evaluar la postulación y/o entrega del beneficio que este subsidio otorga.
Sobre las Restricciones
Si usted observa alguna irregularidad en el otorgamiento del mencionado beneficio de sala cuna, puede realizar la denuncia en la sección “Contacto” de cada región. Revise la información de las oficinas de la Dirección del Trabajo a lo largo del país en https://www.dt.gob.cl/portal/1626/w3-propertyvalue-22792.html
Sí, existen causales de no pago y de término anticipado del beneficio. En los siguientes casos no se realizará el pago del beneficio:
- Para mantener el beneficio, es decir, que se le haga efectivo el 2do y 3er pago, debe mantener la relación laboral con el empleador por la cual le fue otorgado el subsidio en primera instancia.
- No declaración ni pago de cotizaciones durante 2 meses consecutivos mientras dura el beneficio.
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