Todo sobre el Subsidio de Emergencia Laboral por Catástrofe

Una guía simple con todo lo que debes saber antes de postular

Sobre el Subsidio

El nuevo Subsidio de Emergencia Laboral por catástrofe es un aporte mensual para empresas, que tiene como objetivo ofrecer una solución de continuidad laboral a las personas que tienen en riesgo su fuente de trabajo producto de la catástrofe que se vive (actualmente derivada de los incendios que han asolado a las regiones de Ñuble, Biobío y de la Araucanía).

Pueden postular empresas que se hayan visto siniestradas por la catástrofe cuya condición de afectación se encuentre ratificada por la Seremi del Trabajo y Previsión Social y que se encuentren en las comunas afectadas de la región declarada en Estado de Excepción.

Los montos corresponden a una bonificación mensual del 80% de un Ingreso Mínimo Mensual (IMM) por trabajador postulado (actualmente $410.000) durante tres meses, que podrán ser prorrogados por otros tres meses con una bonificación por trabajador postulado y aceptado correspondiente a 60% del IMM. Este dinero se entregará directamente a las empresas siniestradas, por todos los trabajadores postulados y aceptados del establecimiento o sucursal, sin distinción de renta.

La condición de afectación de la empresa será establecida por la Secretaría Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social de la Región afectada a través de un informe fundado.

Los requisitos para postular son:

  • Que sean empresas que tributen en primera categoría (incluidas todas las empresas del régimen Pyme, las empresas en renta presunta, las empresas individuales, etc.) o bien pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos, suplementeros, entre otros).
  • La existencia de una relación laboral al mes anterior del siniestro, así como también la continuidad laboral de dicha relación mientras dure el subsidio. Es decir, si no se mantuviera la relación laboral, verificada por SENCE a través de la existencia de cotizaciones previsionales, se suspenderá el beneficio por el trabajador individualizado.
  • Que sean empresas que se hayan visto siniestradas cuya condición de afectación se encuentre ratificada por la Seremi del Trabajo y Previsión Social.

Las postulaciones se encontrarán abiertas desde el 16 de febrero del 2023 en el sitio web www.subsidioalempleo.cl.

Las empresas postulantes deberán ingresar con su Rut y clave tributaria al sistema habilitado en www.subsidioalempleo.cl en donde deberá completar la siguiente documentación:

  • Aceptar las condiciones del subsidio a través de una Declaración jurada simple, provisto por la plataforma antes indicada,
  • Registrar en el Formulario on-line, el listado de trabajadores que mantenían una relación laboral vigente al momento del siniestro.
  • Cargar los Contratos de trabajo de las personas individualizadas que debe contener el establecimiento especifico en el cual se desempeñan, si no dispone de la información deberá firmar y cargar una declaración jurada por los contratos
  • Cargar certificado de pago de Cotizaciones previsionales de las personas individualizadas relativas al periodo de remuneraciones inmediatamente anterior al mes del siniestro.


En caso de que la empresa cumpla con los requisitos, se podrá continuar con la postulación.

Sobre el proceso de Postulación, Otorgamiento y Pago

La postulación solo se realiza en línea, a través del sitio web www.subsidioalempleo.cl, Subsidio de Emergencia Laboral por Catástrofe.

Sí, para postular debe contar con Clave Tributaria.

En caso de no tener Clave tributaria u olvidó su clave, puede recuperarla aquí: Clave Tributaria).

Sí, la empresa debe presentar los siguientes documentos:

  1. Contrato de trabajo por cada trabajador ingresado
  2. Certificado de cotizaciones de AFP y Salud por cada trabajador ingresado

¿Y si los documentos fueron siniestrados?

El mismo sistema proveerá una declaración jurada donde se exime a la empresa de presentar únicamente los contratos de trabajo

Si ha postulado al beneficio, Sence te informará cuando el resultado se encuentre disponible en el expediente electrónico del Subsidio de Emergencia Laboral por Catástrofe, ingresando con clave tributaria.

No, basta con postular una vez.

No existe un límite de personas trabajadoras a postular, no obstante, la concesión estará sujeta a la cantidad de personas trabajadoras que se encuentren en riesgo de perder su fuente laboral según informe emitido por SEREMI del Trabajo y Previsión Social.

El subsidio finalizará respecto de un trabajador por:

       a) Fallecimiento de la persona trabajadora causante del subsidio
       b) Despido o renuncia del trabajador o trabajadora
       c) Dos meses consecutivos sin declaración o pago de cotizaciones
       d) Alcanzar máximo de pagos que contempla el subsidio (6)

Este subsidio no será compatible con el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas.

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