PERSONAS TRABAJADORAS DEPENDIENTES
  • Los pagos mensuales corresponden al 90% del beneficio estimado para cada mes y tienen carácter provisional. El monto definitivo se calcula en la reliquidación anual.

  • El 10% restante se paga durante la reliquidación anual que se realiza en agosto del año siguiente.

  • Si comienzas a emitir boletas de honorarios durante la vigencia del beneficio, los pagos pendientes se realizarán en agosto del año siguiente a aquel en que termine el período del beneficio.


PERSONAS TRABAJADORAS INDEPENDIENTES
  • Reciben un pago anual único, en agosto del año en que termina el subsidio.

  • Para calcular el monto, se consideran los meses en que tus rentas brutas fueron iguales o menores a 2,25 IMM ($1.190.250 aproximadamente), de acuerdo con los datos informados al SII.


EMPRESAS: CALENDARIO DE CUOTAS SEGÚN TAMAÑO
Mes del subsidio Empresa de 1 a 199 trabajadores Empresa de 200 o más trabajadores
Mes 1 50% de la cuota Sin pago
Mes 2 75% de la cuota Sin pago
Mes 3 100% de la cuota Sin pago
Mes 4 100% + saldo de los meses 1 y 2 (si la relación laboral sigue vigente) Pago total de los meses 1 a 4 (si la relación laboral sigue vigente)
Mes 5 en adelante 100% de la cuota 100% de la cuota

RELIQUIDACIÓN ANUAL
Cada agosto, SENCE recalcula el beneficio considerando la información definitiva del año calendario anterior. Si recibiste menos de lo que te correspondía, recibirás un pago adicional. Si recibiste más, se realizará un descuento o se solicitará la devolución del monto pagado en exceso.

Fecha de pago de la reliquidación: Agosto 2027.

Nota: Si la fecha de pago corresponde a un día inhábil, este se efectuará el día hábil siguiente.

Si tiene dudas, ingresa a nuestro centro de ayuda. Y en caso de buscar otros programas Sence que te permitan gestionar el talento de tu empresa, ingresa aquí para una asesoría.